Con la Normativa Antidescargas ¡el cierre de webs será inmediato!

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La Ley Sinde ha sido aprobada por Real Decreto sin previo aviso. Esto trae con sigo todas las medidas expuestas anteriormente, pero ahora ya es oficial y está en marcha. A continuación os explicaremos los motivos de los que disponen para el cierre de cualquier sitio web que incurra en una violación de derechos de autor, a la vez que los recursos utilizados y los plazos para el desistimiento de la actividad fraudulenta.

Tras la aprobación de la Ley Sinde por parte del Partido Popular, expuesto en el Real Decreto 1889/2011, el cierre de webs es un hecho y comenzará de inmediato. Como muchos de vosotros ya sabréis, la Ley Sinde es la encargada de proteger la propiedad intelectual que se pueda ver comprometida por la disposición de enlaces a servidores en ciertas webs, como bien ha explicado nuestro compañero Albert con su articulo en el día de ayer. Tal y como se hace referencia en el texto legal, y el eco que se ha hecho en los medios especializados, esta ley afecta hasta las webs que dispongan de meros enlaces a contenido presuntamente violado. Una de las medidas tomadas por el nuevo Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, será la sustitución del Canon Digital (PDF) por un sistema de compensación para los afectados por la violación de derechos de propiedad intelectual.

Logo pirata

El procedimiento que será llevado a cabo consta de seis pasos, en caso de la negativa por parte del sitio infractor de cesar en su actividad:

  1. El titular de los derechos que puedan estar siendo violados podrá denunciar su uso fraudulento.
  2. En un plazo de las 48 horas se procederá a la petición del cese voluntario de la web en cuestión.
  3. Si el cierre voluntario es aceptado, el caso será archivado sin tramites mayores.
  4. Por el contrario, si no es aceptado, se comenzará a recopilar toda la información posible.
  5. Tras la aprobación de la resolución por violación de derechos de propiedad intelectual, los servicios deberán dar el cierre en un plazo de 72 horas.
  6. La notificación de la resolución por parte de la Sección Segunda tendrá un plazo máximo de 3 meses. La inexistencia de dicha notificación tendrá un efecto de desestimación.

Una vez solicitada la iniciación del proceso por parte de la Sección Segunda, deberá entregarse cualquier información acerca del sitio web, tanto sus practicas así como también si es un lugar con ánimo de lucro o no.

Si la petición de cierre, por parte de cualquiera de las dos partes no se lleva a cabo, tanto por la negación del sitio web o por la imposibilidad de encontrar al dueño del dominio imputado, se procederá a realizar una petición judicial que termine con el contacto con la empresa proveedora del dominio. De no obtener colaboración voluntaria en un plazo de 24 horas, en las siguientes 72 horas se procederá a retirar la web y todo su contenido directamente.

Texto Legal

Llevará a cabo sus funciones respecto a los casos de vulneración de los derechos de propiedad intelectual, por el responsable de un servicio de la sociedad de la información, siempre que dicho responsable, directa o indirectamente, actúe con ánimo de lucro o haya causado o sea susceptible de causar un daño patrimonial al titular de tales derechos.

Real Decreto | Articulo 158 (PDF)

Archivado en Cierre Webs, España, Ley Sinde, Propiedad intelectual
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