¡Adiós al spam telefónico a horas intempestivas! Nuevos derechos para los consumidores

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Teleoperadora

El pasado viernes día 13 entró en vigor la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios en España, que dota a los ciudadanos con algunos nuevos derechos interesantes. Aunque hemos criticado al gobierno duramente por la imposición de la Tasa Google, ahora tenemos que valorar positivamente estas nuevas medidas. Ya existía un código de autoregulación de ciertas empresas en lo que a llamadas comerciales respecta, pero la ley ofrece más garantías. Y también se mejoran otros aspectos importantes, según leemos en 20minutos. Aquí te resumimos los cambios más destacados:

Límites al spam telefónico

No hay nada peor que recibir llamadas de distintas empresas intentando vendernos los bienes y servicios más inútiles imaginables de forma machacona. La práctica debería encontrarse prohibida pero, mientras no es así, al menos van a mejorar un poco las cosas.

Ahora sólo se podrá llamar de 9 a 21 horas, y nunca en fines de semana ni festivos. Además, los usuarios podrán expresar su disconformidad con la práctica, y deberán dar su aprobación previa si la llamada no tiene intervención humana. No será legal llamar de número privado, y en la conversación se debe informar de qué empresa es la responsable.

Factura en papel, obligatoria

A pesar de que Internet no deja de popularizarse, no todo el mundo sabe manejar un ordenador. Es por ello que ahora se hace obligatorio mandar la factura en papel, sin que suponga un coste adicional. Si un usuario quiere la factura electrónica, debe dar su consentimiento expreso.

Sin duda, una avance importante ante los abusos de las empresas que intentan imponer las facturas en formato digital.

14 días parar desistimiento

Hasta ahora teníamos 7 días para desistir de un contrato, y ahora pasan a ser 14. Se adopta un formulario único en Europa para el desistimiento, y se aclara que este derecho no puede suponer una penalización, y que el consumidor no tiene que justificar su cambio de opinión.

Además, la letra pequeña del contrato no debe medir menos de 1,5 milímetros, y se puede pedir uno con una fuente más grande si lo necesitamos. Por otro lado, se añaden cláusulas para evitar que las compañías contraten servicios sin consentimiento, o que se cambie el proveedor de manera fraudulenta.

¿Qué te parecen estas medidas? ¿Crees que tendrán éxito, o que las empresas lograrán burlarlas en su propio beneficio?

Imagen | Alan Clark

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