Estos son los 14 derechos en Internet que Italia tiene pensado aprobar

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Niña usando un PC

Aunque Italia no sea el paraíso de los defensores de la libertad en Internet, desde ese país nos llega un borrador de una Declaración de Derechos de Internet muy interesante. Lo conocemos gracias a Omicrono, y la verdad es que ya nos gustaría contar con algo así en España. Después de conocer todo lo relacionado con el escándalo PRISM, está claro que necesitamos una “constitución de Internet”. Aunque este texto no es definitivo, apunta buenas manera.

Estos son los 14 puntos en los que se apoya:

  1. Derechos fundamentales: en la red se garantizan los mismos derechos que en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, basados en los principios de dignidad, libertad, igualdad y diversidad.

  2. Acceso a Internet: las personas deben poder conectarse en igualdad de condiciones, y han de eliminarse los obstáculos sociales y económicos, así como las barreras para las personas discapacitadas.

  3. Neutralidad de la red: ya sea en conexiones fijas o móviles, todo el tráfico tiene que ser tratado por igual, sin dar preferencia a uno sobre otro o discriminarlo por ninguna razón económica o empresarial.

  4. Datos personales: los usuarios tendrán derecho a que sus datos personales sean protegidos, manteniendo su privacidad. Sólo se almacenarán mediante un consentimiento expreso, que podrá ser anulado.

  5. Decisión sobe nuestros datos: sólo se podrán almacenar el tiempo estrictamente necesario, y los internauta tenemos derecho a saber cómo se tratan, así como a acceder a ellos, rectificarlos y borrarlos.

  6. Protección de los dispositivos: los ficheros de nuestros dispositivos o que alojemos en servidores remotos son inviolables, a no ser que una orden judicial permita acceder a ellos por motivos justificados.

  7. Perfiles: no se pueden procesar los datos de los usuarios de forma automática para generar perfiles de personalidad para juicios o decisiones administrativas.

  8. Identidad: tenemos derecho a usar nuestra identidad en Internet, y a no ser suplantados. Podemos negarnos a que se nos cree un perfil con fines estadísticos, y no nos obligarán a aportar mas detalles personales que los que sean imprescindibles para cada servicio.

  9. Anonimato en Internet: tenemos derecho a comunicarnos de forma anónima, aunque un juez nos puede identificar para proteger los derechos de terceros.

  10. Derecho al olvido: podemos pedir que los buscadores borren datos de nosotros que ya no resulten relevantes, sin restringir el derecho de la opinión pública a ser informada. Un persona conocida públicamente sólo tendrá la posibilidad de retirar enlaces de temas privados.

  11. Plataformas digitales: sus dueños han de tratar con honestidad e igualdad a los agentes de Internet. Deben dar a conocer el funcionamiento de la plataforma, y no puede ser discriminatoria ni ejecutar cambios de condiciones arbitrarios. Si no estamos de acuerdo con un cambio, podemos salir de la plataforma y deberán borrarse nuestra información.

  12. Seguridad: debe garantizarse la seguridad de la red, tanto a nivel técnico como al de proteger la libertad de expresión y evitar los ataques a la dignidad de las personas.

  13. Derecho a la educación: todos tenemos derecho a conocer cómo funciona Internet, y las administraciones deben asegurarse de que podamos aprenderlo.

  14. Gobierno de Internet: la gestión de la red ha de ser transparente y los implicados deben estar representados. Han de establecerse autoridades nacionales y mundiales con este fin.

En su momento ya te fuimos contando todo lo relacionado con la Ley Sinde, y me asaltan las dudas de cómo le afectarían estos nuevos derechos. Sin duda, una norma de este tipo sería muy bienvenida, aunque también es verdad que las constituciones de los países está llenas cosas muy bonitas que nunca se cumplen. ¡Esperemos que en este caso no pase lo mismo!

¿Qué te parece el borrador de la Declaración de Derechos de Internet de Italia? ¿Necesitamos algo así en los demás países, o las leyes actuales resultan suficientes?

Imagen | “PictureYouth”

Archivado en Ciberderechos, Derechos, Italia
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Comentarios (6)

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